IRPF POR MATERNIDAD: CÓMO SOLICITAR SU DEVOLUCIÓN

(Ver actualización del proceso en  pinchando en este link)

 

 

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha fallado una sentencia a favor de una mujer que solicitaba una devolución en concepto de IRPF después de recibir su prestación por maternidad.  Este hecho crea un precedente y abre la posibilidad a que las personas que hayan percibido ayudas por maternidad o paternidad a partir del año 2012 soliciten la devolución de los impuestos que han pagado de más.

 

 

La noticia ha sido publicada esta misma mañana por el periódico EL PAÍS en la que se confirma que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a una contribuyente que solicitó la devolución del importe que abonó en 2012 correspondiente al IRPF de su prestación por maternidad.

La justicia por tanto confirma que la prestación por maternidad entra dentro de las rentas exentas de pago que contempla la ley del IRPF (hasta ahora esto estaba contemplado como rendimiento de trabajo).

Para los padres que disfruten de sus 15 días de permiso de paternidad también es aplicable así que igualmente es objeto de reclamación.

 

De momento Hacienda no se ha pronunciado ante esto pero abogados y gestores recomiendan que si se ha pagado ya el importe correspondiente a este permiso se solicite una reclamación a Hacienda para que se haga efectivo el importe del IRPF correspondiente a las bajas de paternidad y maternidad.

En el caso de que Hacienda deniegue la devolución (que suele ser lo más probable) habría que iniciar una reclamación vía administrativa o judicial que es la más efectiva en estos casos.

Hay que dirigirse primero a Hacienda, para solicitar una rectificación de la autoliquidación del IRPF  accediendo a través de la página de la Agencia Tributaria. Esta nueva declaración sustituye a la anterior y se debe solicitar la cantidad retenida en año en cuestión. La administración denegará la solicitud, probablemente. En caso de rechazo habrá que acudir al Tribunal Económico Administrativo del territorio, y posteriormente, al Tribunal Superior de Justicia de la comunidad autónoma.

En la reclamación hay que solicitar la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad. Conviene ampararse en la sentencia y en el artículo 7 de la Ley de IRPF, que contempla la exención para los casos de nacimiento, parto múltiple, adopción, hijos a cargo y prestaciones públicas en caso de orfandad.

 

 

 

 

 

4 comentarios
  1. Rocio
    Rocio Dice:

    Alguien me puede orientar en como se hace esto paso a pasao, el recurso como se redacta, y como calculo el importe exacto? gracias

    • Trucosdemamas
      Trucosdemamas Dice:

      Yo creo que lo mejor es ir a un gestor porque depende del IRPF que te hayan retenido. Cada caso es diferente y puede ser un poco lioso. Lo primero es reclamar en Hacienda quizás ellos te puedan orientar cómo hacer la reclamación

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  1. […] hace unas semanas una sentencia judicial había abierto el camino para que podamos reclamar la devolución del IRPF  (siempre que hayamos cobrado esta maternidad con posterioridad al año 2012) y lo primero que hay […]

  2. […] de dejar las cosas pasar, por si acaso, tras leerme varios artículos sobre el tema, encontré en este enlace, la opción de hacerlo vía telemática y como no sabía bien cuáles eran las otras opciones, […]

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